Gacetilla de Prensa MGA 06/04/20
Parte N° 69
Dirección de Comunicación Social
Coronavirus
Parte Covid-19 del día jueves 2 de abril

Ayer a las 19:30 hs. , el Municipio de Gral. Alvarado a través de la Dirección de Comunicación Social, dio a conocer el parte diario del Comité de Acción por el Coronavirus a través de un video Live realizado por el Secretario de Producción Desarrollo Local y Empleo, Federico Meaca, en la página de Facebook del Municipio de Gral. Alvarado y con placas, indicando lo siguiente: Teniendo el distrito 0 casos de COVID – 19; 0 casos sospechosos; 50 personas con aislamiento total y 119 personas que culminaron el aislamiento total.
El viernes 3 de abril, pasadas las 18:50 hs., el Intendente Municipal, Sebastián Ianantuony realizó un Video LIVE en el Facebook del Municipio , donde difundió el parte diario del sobre el COVID – 19 y dio a conocer lo siguiente:
Permanentemente estamos sumando instrumentos y herramientas que nos permiten garantizar el cuidado de los vecinos y vecinas»
«El lunes 6 se va a estar cumpliendo más del 95% de la cuarentena obligatoria. Ninguno presentó sintomatología» (respecto a quienes llegaron al distrito desde países de riesgo)
«No tenemos que poner la expectativa en el caso 0. Tenemos que hacer las cosas bien. Estamos rodeados de distritos donde ya está el virus»
Sobre filas en los bancos: «El Municipio sumó sillas en las puertas con la distancia suficiente para evitar el contagio. Debemos respetar las medidas de prevención. Me preocupa la tesitura de lo que se ha vivido en el país, pero no es lo mismo que ha pasado en nuestras ciudades. Aquí ha habido un comportamiento notable de las personas»
«En concordancia con el DNU hemos sumado más actividades por decreto municipal. En el caso de los comercios podrán tener el servicio que ellos mismos dispongan
«En el caso de quienes podrán circular (plomeros, gasistas, techistas, electricistas y parqueros), deben tener el certificado y no hacerlo hasta más de las 16:00 hs.»
«Las medidas serán a partir del lunes para que las personas que tengan servicios (plomeros, gasistas, techistas, electricistas y parqueros) puedan operar con sus permisos de circulación»
«El rubro albañilería no está contemplado por el momento. En consonancia con las legislaciones que llegan desde Nación y Provincia hay que tener en cuenta la sinceridad y que realmente sea por cuestiones esenciales»
«Los bancos, RapiPago, PagoFácil y similares estarán habilitados para el pago ya que empiezan a vencer los servicios y tarjetas con la consideración que los empleados tienen que tener todas las medidas de bioseguridad»
“Voy a estar convocando a las fuerzas policiales para dialogar porque la cuarentena no ha terminado. Vamos a exigir que redoblen los esfuerzos para el control de la circulación innecesaria y en caso de detectar el incumplimiento se tomarán las medidas necesarias»
Certificado Único Habilitante para Circulación
El Ministerio del Interior de la Nación ha dispuesto que quienes estén exceptuados de cumplir el aislamiento social preventivo y obligatorio, deberán tener el Certificado Único Habilitante para Circulación, que reemplaza a los emitidos por las jurisdicciones locales (ya sin validez).
Deben hacer el trámite:
• Los trabajadores afectados a la obra pública,
• El personal de servicios funerarios, entierros y crematorios,
• Empleados de supermercados, ferreterías, farmacias y veterinarias y trabajadores de las industrias de la alimentación, limpieza y equipamiento médico
• Trabajadores de reparto a domicilio, los servicios de lavandería, de vigilancia y de limpieza,
• Trabajadores que realicen guardias mínimas que aseguren la producción, refinación, transporte y distribución de petróleo, gas y energía eléctrica.
Servicios Esenciales:
- Plomeros
- Gasistas
- Techistas
- Electricistas
- Personal de fumigación para hogares y comercios
- Parqueros
Las personas que integran el grupo de servicios esenciales tienen que ingresar a los links y buscar en la planilla el ítem de servicios esenciales y en caso de no tener número de CUIT ingresar una X en el casillero correspondiente al número. Los servicios se pueden realizar hasta las 16:00hs.
TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN ESTOS GRUPOS EXCEPTUADOS DE LA CUARENTENA SOLO PUEDEN REALIZAR EL TRÁMITE A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES LINKS:
https://tramitesadistancia.gob.ar
https://formulario-ddjj.argentina.gob.ar/
No deben hacer el trámite:
• Personal de Salud, de las Fuerzas de Seguridad y las Fuerzas Armadas,
• Trabajadores de migraciones, del Servicio Meteorológico, bomberos y el personal de tráfico aéreo;
• Autoridades y trabajadores del sector público (nacional, provincial y municipal) avocados al desarrollo de las actividades esenciales;
• Trabajadores judiciales de turno y el personal diplomático.
• Personas que asistan a discapacitados, niños, adolescentes o personas mayores;
• Personas afectadas a comedores escolares, comunitarios y merenderos;
• Trabajadores de medios de comunicación;
• Trabajadores del sector agropecuario y la pesca;
• Personal de actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales;
• Personal que desarrolle actividades impostergables del comercio exterior;
• Trabajadores de recolección de residuos;
• Personal de mantenimiento de los servicios básicos de agua, luz, gas y comunicaciones;
• Trabajadores del transporte de pasajeros y mercaderías;
• Personal de servicios postales;
• Empleados encargados de cajeros automáticos y actividades bancarias imprescindibles;
• Trabajadores vinculados a la producción de biocombustible.
Vos podes ayudar!
En General Alvarado, a través del Decreto N° 727/20, el Intendente Municipal Sebastián Ianantuony impulsa el “Registro de Voluntarios” para colaborar en la lucha contra la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Vos, tu empresa o la institución a la cual perteneces pueden prestar ayuda a toda la comunidad, atendiendo a las necesidades específicas que surjan en nuestro Distrito y en cada comunidad que lo integra, en la contención de esta pandemia.
Si estás dispuesto/a, y no sos parte de las personas en grupo de riesgo, podes demostrar YA tu vocación de servicio y solidaridad, entrando al link:
Elegí cómo podes ayudar, llena la planilla con tus datos, y súmate a la Red de Voluntarios de General Alvarado.
Vamos a demostrar que TODOS juntos podemos derrotar al Coronavirus!
Centro de Distribución de alimentos
Retira tu vianda en los siguientes lugares:
CIC Aeroparque calle 110 y esquina 11: Agrupación “Aeroparque”, los días lunes: martes, miércoles, jueves, viernes y domingo de 11:30 a 13:00hs.
CIC Marín calle 3 N° 2550: Agrupación “Atahualpa”, los días: lunes, miércoles, viernes y domingo de 11:30 a 13:00hs.
SUM Las Flores calle 25 y 82: “Comisión de Mamás” y “Barrios de Pie”, los días: lunes, miércoles, viernes sábado de 11:30 a 13:00hs.
SUM La Barraca calle 78 Esq.1: Agrupación “MTE”, los días: lunes, miércoles y viernes de 11:30 a 13:00hs
Club Once Unidos calle 26 Esq. 55: Agrupación “La Germán”, los días: miércoles, sábado y domingo de 11:30 a 13:00hs.
Club “Parquemar” calle Los Aromos N°1751: Agrupación “Movimiento Evita”, los días: lunes, miércoles, viernes y sábado de 11:30 a 13:00hs.
Copacabana calle Paraná y Mitre: Agrupación “Kolina”, los días: lunes, miércoles y viernes de 17:00a 19:00hs.

Situación epidemiológica por el COVID -19 en la región

Dirección de Niñez Adolescencia y Juventud
SORTEO: «AL VIRUS LO FRENAMOS ENTRE TODOS Y TODAS»
La Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud MGA informa que el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad está invitando a participar de un sorteo que consiste en la realización de una producción familiar en la que se muestre por qué es importante cumplir la cuarentena y las medidas de higiene que se toman en cada casa.
Se puede mandar:
* Canciones,
* Bailes
* Dramatizaciones
* Dibujos
* Poemas
* Cualquier otro modo de expresión.
En la producción se tiene que incluir la frase: «AL VIRUS LO FRENAMOS ENTRE TODOS Y TODAS»
La producción debe ser subida a Instagran con la etiqueta @ninezyadolescenciapba
Hay tiempo hasta el 8 de Abril. ¡Se pueden llevar una Tablet de regalo!
Dirección de inspección General
Registro Provincial de Comercialización de Bebidas Alcohólicas
Teniendo en cuenta las medidas adoptadas por el gobierno en relación al Decreto de Necesidad y Urgencia (Aislamiento social preventivo y obligatorio), esta Dirección comunica por el presente que todas aquellas licencias del REBA que han vencido o estén a vencer, se prorrogaran las fechas de las mismas, por un lapso de (9) días a partir del 04/04/2020.
Quedando comprendido los periodos del 04/04/2020 hasta el 12/04/2020 inclusive.
Cabe destacar que el lapso de la medida puede ser prorrogado por autoridad ejecutiva.
Dirección de Tránsito y Nocturnidad
Prórroga de renovación de Licencias de Conducir
La Dirección de Tránsito y Nocturnidad MGA, pone en conocimiento la disposición de La Dirección PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES teniendo la misma los siguientes alcances:
Adherir a la Disposición N° 135/2020, emanada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que embebida a la presente forma parte integrante de la misma.
Prorrogar por el término de 90 (noventa) días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 30 de abril del mismo año.
Encomendar a la Dirección de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, dependiente de esta Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, a articular con los Centros Emisores de Licencias de Conducir, la suspensión de la atención al público en las sedes de dichos establecimientos, hasta el 12 de abril de 2020 inclusive, de conformidad con las disposiciones de orden Nacional.
A partir de la fecha mencionada en el párrafo precedente, los Centros Emisores de Licencias de Conducir, deberán procurar la reducción de la atención al público, a fin de morigerar la presencia masiva de personas en sus sedes y reforzar la difusión de las recomendaciones aprobadas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires en lugares visibles dentro de los espacios de atención al público.
Establecer que los plazos mencionados en los artículos precedentes podrán ampliarse de acuerdo a razones de estricta emergencia sanitaria, determinadas por el Poder Ejecutivo.





