Gacetilla de Prensa MGA 16/04/20
Parte N° 77
Dirección de Comunicación Social
Nuevas excepciones al DNU 297/20
El Intendente Municipal de General Alvarado, Sebastián Ianantuony, ha suscrito el Decreto N° 780/20, donde se amplía el listado de actividades y servicios exceptuados, en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto Nacional N° 297/20.
Se autoriza:
Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.
Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El Banco Central de la República Argentina establecerá, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horarios de atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria.
Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Se establecerá como horario de 8:00 a 16:00 hs.
Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público. La entrega a domicilio se deberá realizar en el horario de 8.00 a 16.00 hs.
Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Se establecerá como horario de 8:00 a 16:00 hs.
Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público. La entrega a domicilio se deberá realizar en el horario de 8.00 a 16.00 hs.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.
En todos los casos, se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud de la Nación para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
Se recuerda que las personas alcanzadas por esta decisión administrativa (con la excepción de las enunciadas en los puntos 1 y 2) deberán tramitar el “Certificado Único de Circulación”, que extiende el Ministerio del Interior de la Nación a través de la web https://tramitesadistancia.gob.ar
Parte Covid-19 del día 15 de abril.
El Municipio de Gral. Alvarado a través de la Dirección de Comunicación Social, dio a conocer el parte diario del Comité de Acción donde se destacó que el distrito cuenta con 0 casos de COVID – 19; casos sospechosos 0; personas con aislamiento total 68 y personas que culminaron el aislamiento total 159.
Nuevas disposiciones sanitarias para transportistas
A través del Decreto N° 777/20, suscrito por el Intendente Municipal de General Alvarado, Sebastián Ianantuony, se determinaron diversas medidas sanitarias para evitar posibles fuentes de contagio del Coronavirus COVID-19, que pudieran generarse en el transporte de mercaderías, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca (autorizadas por el DNU N° 297/20, art. 6º), que provengan de países limítrofes o de zonas de nuestro país que posean una alta tasa de circulación viral.
En ese sentido, el Jefe Comunal faculta durante la Emergencia Sanitaria en el ámbito del Partido de General Alvarado (art. 2 Decreto Municipal N° 643/20), al establecimiento de un protocolo de actuación en prevención de propagación de COVID 19 en los controles de acceso terrestre a las distintas localidades del partido de General Alvarado, el que será desarrollado a través de la Secretaría de Salud MGA en conjunto con la Dirección de Tránsito y Nocturnidad y Fuerzas de Seguridad.
Se establece la obligatoriedad que todo conductor que ingrese desde las zonas consideradas de riesgo, en condición de tránsito y al solo efecto de realizar carga y descarga, y que pretendan ingresar al Partido de General Alvarado transportando mercaderías, insumos, materia primas en todos sus rubros, lo hagan portando barbijo/mascarilla y guantes de protección individual. Asimismo, el chofer que ingrese de las zonas denominadas “de riesgo”, no podrá descender del camión en ningún momento durante el tiempo que permanezca dentro de las localidades del distrito de Gral. Alvarado.
Gestiones ante el Correo Argentino: Extensión del horario de atención
Gracias a las gestiones del Intendente Municipal Sebastián Ianantuony, la sucursal Miramar del Correo Argentino extendió su horario de atención al público 1 hora (de 09:00 a 12.00 hs.). De esa manera, se trata de llevar una solución a la comunidad que debe percibir haberes o beneficios sociales a través de esta entidad.
Pagos de impuestos
El Municipio de General Alvarado informa que se encuentra disponible la Caja Municipal (28 Nro. 1084, 1er Piso), para pagar tasas, servicios, moratorias vigente o multas, de lunes a viernes en el horario de 08.30 a 12.30 hs.
Como en todo espacio público y para minimizar el riesgo de contagio de COVID – 19, se deben mantener los recaudos (distancia social, tapabocas, lavado de manos, etc.) entre quienes asistan.
“Coronavirus”: Recomendaciones

¿Cuáles son los síntomas del coronavirus COVID–19 y cuándo estar alertas?
Los síntomas más comunes son fiebre, tos y dolor de garganta. En algunos casos puede provocar dificultad respiratoria más severa y neumonía, requiriendo hospitalización.
Puede afectar a cualquier persona, principalmente a adultos mayores de 65 años y personas con afecciones preexistentes (como hipertensión arterial, diabetes, etc.).
Las personas que están más expuestas son quienes viajaron recientemente a zonas a donde que se consideren con transmisión local, o quienes hayan estado en contacto con casos confirmados de COVID–19. Si este es el caso se recomienda:
Permanecer en el hogar por 14 días y no concurrir a lugares públicos o actividades con otras personas.
En caso de presentar algún síntoma, aunque sea leve:
Lavarse frecuentemente con agua y jabón o utilizar soluciones a base de alcohol.
Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser.
Ventilar los ambientes.
Limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan con frecuencia.
No automedicarse.
Consultar inmediatamente al sistema de salud, siguiendo las recomendaciones de la ciudad, para saber cómo hacer correctamente la consulta.
No se recomienda el uso de barbijos de manera rutinaria en trabajadores y trabajadoras que atienden al público.
